domingo, 31 de enero de 2010

MARIJÉ DÍAZ TAMBIÉN ESTUVO EN LA BATALLA ANTINUCLEAR EN 1982

Marijé Díaz también estuvo en la Batalla Antinuclear, encadenada y detenida en Holanda en 1982, para paralizar un tren, junto con ecologistas belgas, que trasladaba un cargamento de bidones con residuos nucleares al puerto militar de Zeebrugge para embarcarlos con destino a la fosa atlántica
En 1982, fueron a la fosa atlántica cuatro barcos: O Arousa, O Pleamar, O Sirius y también o Xurelo con cargos políticos del PSOE, BNG, EG, EU, periodistas y ecologistas. Esquerda Galega decidió realizar una serie de protestas en Bélgica y Holanda coordinada con ecologistas de Brujas. Se realizó una expedición en varios coches y entre los participantes estaban la mujer de Méndez, Elisa de la Peña; Aurora Plata, Amada Traba, Camilo Nogueira, Fachal, Paco Lores y Marijé Díaz, entre otros.
La representación gallega repartió octavillas en la plaza Dam de Amsterdam, participó en un mitin electoral en Boxtel discutiendo con la secretaria de Medio Ambiente de Holanda y se encadenaron en varias embajadas y en otras acciones como la paralización del tren.

"Hace 30 años, barcos holandeses vertían en la fosa atlántica incontables bidones de residuos radioactivos en un cementerio nuclear, a 300 millas de Fisterra, cuyo estado nunca ha sido objeto de investigación por los países contaminantes. Aquellos vertidos se paralizaron en 1983 después de dos años de protestas que comenzaron con el emblemático viaje del pesquero de Ribeira "Xurelo" a la zona cero. A bordo iba el ex concejal moañés de Esquerda Galega, Manuel Méndez. En la segunda expedición en 1982 participó el alcalde Xabier Abalo a bordo del "Sirius" de Greenpeace..."

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martes, 26 de enero de 2010

XORNADA SOBRE A PROTECCIÓN DA LEGALIDADE URBANÍSTICA

DOG Nº 8. 14 DE XANEIRO DE 2010

ESCOLA GALEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

"Resolución do 11 de xaneiro de 2010 pola que se convoca a Xornada sobre a protecciónj da legalidade urbanística".

1. Mecanismos de control preventivo. A licenza urganística municipal. A autorización urbanística autonómica para usos en solo rústico. A inspección e vixilancia urbanística.
2. A investigación de ilícitos urbanísticos.
3. A acción de reposición da legalidade urbanística por obras sen licenza urbanística ou sen autorización autonómica. A execución das ordes de demolición.
4. As infraccións urbanísticas. Persoas responsables. Sancións.
5. A Axencia de Protección da Legalidade Urbanística. Natureza xurídica. Integración dos concellos. Funcións. Estructura organizativa.
6. O plan de inspección urbanística para o ano 2010. Obxectivos. Actuacións priorotarias.
7. A disciplina urbanística.

Dada a importancia dos asuntos a tratar, decidimos asistir á Xornada, na nosa condición de "interesados en xeral" Fabián Estévez e máis eu (Francisco Díaz). "novas.egap@xunta.es".

CONCLUSIÓN: NINGUNHA NOVA QUE SALIENTAR, AGÁS A NOSA FELICITACIÓN Á DIRECCIÓN DA EGAP POLA PERFECTA ORGANIZACIÓN DA XORNADA.

miércoles, 20 de enero de 2010

EDAR DE LAGARES. VIGO (ACTUALIZADO)

Panorámicas de la EDAR DEL LAGARES, con las marismas y la desembocadura del Río Lagares en Playa de Samil, Vigo. Al fondo el "PARQUE NACIONAL ILLAS ATLÁNTICAS".
Ver más:
http://gl.wikipedia.org/wiki/Parque_nacional_das_Illas_Atl%C3%A1nticas













Fotografía de la Voz de Galicia


ANTECEDENTES:

ACTUALIZACIÓN:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2
  • 07/04/2008 INTERPUESTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA CONTRA LA XUNTA DE GALICIA Y EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE.
  • PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 4239/2008
  • 06/05/2008 El Tribunal, da cuenta del anterior escrito de interposición presentado en nombre y representación de la Asociación Ecologista “Salvemos Pontevedra”, en virtud del cual, se le declara parte y se tiene por interpuesto recurso contencioso administrativo contra desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto ante EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE con fecha 17/12/2007 y, ante la CONSELLERÍA DE política territorial, obras públicas e transportes de la xunta de galicia, interpuesto con fecha 17/12/2007. El Tribunal reclama a las administraciones demandadas la remisión en forma del expediente administrativo en el improrrogable plazo de veinte días, debiendo practicar los emplazamientos de cuantos aparezcan como interesados en el mismo, conforme se dispone en el artículo 49 de la Ley de Jurisdicción...
INCIDENTE:
  • 09/03/2009 ANUNCIO (BOP 09/03/2009), por el que se hace público el plano de definición provisional de la línea probable de deslinde entre los vértices 382 y 425 del deslinde aprobado por Orden Ministerial 18/12/2003 en la desembocadura del río Lagares, t. m. de Vigo.
  • 01-02/04/2009 ALEGACIONES PRESENTADAS POR "SALVEMOS PONTEVEDRA".
Ver ALEGACIONES presentadas ante el Ministerio de Medio Ambiente y remitidas -para su conocimiento- al Tribunal Superior:
http://meinteresalavida.blogspot.com/2009/04/edar-del-rio-lagares-ii-vigo.html
  • 10/09/2009 "SALVEMOS PONTEVEDRA" reitera que, habiendo transcurrido con creces el plazo de veinte días previsto en el artículo 48.3 de la LJCA, sin que la Administración demandada haya remitido el expediente administrativo... Y solicita a la Sala: le sea concedido plazo para formalizar la demanda.
  • 17/09/2009 PROVIDENCIA: "Requiérase a la CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS, a fin de que sin más delaciones proceda a enviar en el plazo de CUARENTA Y OCHO HORAS, el completo de expediente que ya fue reclamado en fecha 28/10/2008, y ello con expreso apercibimiento de imposición de multa coercitiva de 500 € a la autoridad o funcionario encargado de su remisión".
  • 08/10/2009 Se persona como CODEMANDADO el Concello de Vigo.
  • 27/01/2010 FORMALIZAMOS DEMANDA.

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lunes, 11 de enero de 2010

LA LICENCIA DE CARMEN GALLEGO CALVAR

Algunos de los diputados/as: "liquidadores políticos de la Ley de Costas de 1988"


LA LICENCIA DE CARMEN GALLEGO CALVAR


La publicación de la Sentencia 998/2009, de 8 de octubre, del TSJ de Galicia, que ordena a la Administración proceder a la demolición de la casa de la ex conselleira de Pesca, Carmen Gallego Calvar, en Riomaior, Vilaboa (Pontevedra), y que desestima su recurso contencioso administrativo (recurrido en casación), ha provocado en la diputada una actividad nueva e insólita en defensa del medio ambiente.

Nombrada Secretaria de Medio Marino y portavoz de Medio Ambiente del Grupo Parlamentario del PSdeG, por el ínclito Pachi Vázquez, denuncia a terceros, obviando que ella es la primera infractora, condenada; implicada en el plan acuícola de 2005 y responsable del plan de 2008 -ambos destinados a la venta y devastación del litoral gallego y de la Red Natura 2000-. Y en alarde de cinismo, se arroga el papel de "víctima de la Ley de Costas" y proclama la constitución de la "Asociación de Afectados por la Ley de Costas en Riomaior, Vilaboa", donde existen una treintena de parientes y convecinos que, al igual que ella, son infractores sancionados por obras ilegales en la franja litoral, algunos con sentencia firme del TS o del TSJ de Galicia, como la Nº. 4/2005 (Casación para Unificación de Doctrina), o la Nº. 595/2007, entre otras.

La Sentencia, aunque llega tarde es ejemplar, no sólo para vergüenza del cargo público corrupto, sino para el PSdeG y para la Administración autonómica, a la que el Auto condena y dice: "La declaración de que la Administración debe proceder a la demolición de lo construido ilegalmente supone la existencia de una sentencia de la que se puede pedir su ejecución forzosa si la Administración no procede a la de su resolución firme..."

Y llega tarde, porque, ante la "aparente impunidad" de la ex conselleira y la complicidad de las administraciones, han proliferado las edificaciones ilegales y se ha extendido la corrupción como la peste Bubónica, sólo así se puede entender el comportamiento prevaricador del ex presidente Pérez Touriño y del Alcalde de Vilaboa que, siendo ambos conocedores de los hechos de Carmen Gallego, y de tantos otros que se extienden por el litoral, en particular por Vilaboa, Marín y A Illa de Arousa; el primero, la premie nombrándola Conselleira de Pesca (máxima responsable de la ejecución de su propia infracción), y el segundo (después de conocerse la sentencia), anuncie su intención de viajar a Madrid para solucionar el "candente asunto de la franja de afección de los núcleos costeros de Vilaboa". Cuando el "candente asunto" no es más que la prevaricación, que da carta de naturaleza a las infracciones urbanísticas, todas tan evidentes que sonrojarían a la Fiscalía anticorrupción y al más indolente de los mortales si prestasen la más mínima atención a los delitos que se vienen cometiendo contra el medio ambiente y la ordenación del territorio en Galicia.

Pero Luis Poceiro, el Alcalde de Vilaboa (fotografía de la web oficial) como se desprende de sus declaraciones (Diario de Pontevedra 17/12/2009), ha decidido sumarse a los "liquidadores políticos de la Ley de Costas de 1988", sin tener en cuenta que, en el Concello de Vilaboa que él preside, existe un Deslinde administrativo firme, aprobado por Orden Ministerial de 21 de octubre de 1997 (fecha muy posterior a la entrada en vigor de la Ley de Costas), y que la servidumbre de protección está fijada en 100 metros desde la línea interior de la ribera del mar.

Así las cosas, Carmen Gallego Calvar, desde su bien remunerada poltrona parlamentaria, lanza declaraciones que son como auténticos cócteles Molotov contra la democracia y la Justicia. Dice: que todo obedece a una persecución política del PP ya que, en Riomaior, existen muchas infracciones que no se han denunciado (...); que su casa fue construida con licencia municipal (...), y que no exigirá responsabilidades al Concello, para evitar su quiebra. Y anuncia la constitución de la "Asociación de Afectados por la Ley de Costas en Riomaior".

Ante estas declaraciones de la ex conselleira de Pesca y parlamentaria con cargos, hechas como "sistema o método didáctico" para trasladar a la opinión pública la deformación de la realidad -es decir, mintiendo-, para así adaptarla a sus pretensiones antidemocráticas e ilícitas, procede aclarar:

1.- En cuanto a la supuesta persecución política, sólo hay que ver el silencio cómplice del PPdeG, tan implicado o más que ella en situaciones de corrupción análogas o de mayor envergadura. El PPdeG guarda silencio (tampoco puede predicar con el ejemplo) y mira para otro lado en vez de exigir la dimisión de la diputada corrupta, como sería menester en un Estado de Derecho.

2.- Que la denuncia que dio origen al expediente sancionador ha sido efectuada en 1994 por Costas del Estado. Y desde entonces, lo único que existe en los expedientes sancionador y judicial en relación con la supuesta "Licencia de Obra", es una Notificación del Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Concello de Vilaboa de fecha 8 de enero de 1991 (acto previo) que le exige la obtención del correspondiente permiso de Costas, ya que la vivienda está dentro de la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre (exactamente a 60,76 metros del deslinde, según reciente medición).

Nunca se ha se ha solicitado el requerido y preceptivo permiso sectorial de Costas. Y en consecuencia, nunca se ha otorgado la referida Licencia Municipal de Obra que, como todo acto reglado de la Administración, ha de ser legal y estar plasmado en documento público, y liquidado.

3.- Que el insultante anuncio de constitución de la "Asociación de Afectados por la Ley de Costas en Riomaior, Vilaboa", tiene sus antecedentes en Marín (Pontevedra), donde la Sentencia ha caído como jarro de agua fría, porque se esperaba con la certeza de un fallo judicial parcial y prevaricador. Y donde Bieito Lobeira, diputado del BNG (con intereses particulares); López Veiga (cuyos oscuros intereses habría que buscar en las cloacas de San Caetano), Pérez Touriño, la propia Carmen Gallego y Teresa Táboas (bipartito cuasi completo), dedicados a eliminar la Ley de Costas, los órganos de Protección del Litoral y el personal competente, actúan como "agitadores políticos" de los infractores de la Ley de Costas (que no afectados).

Infractores sancionados por el propio López Veiga en su etapa de Conselleiro de Pesca, a los que ahora defiende no sabemos a cambio de qué, pero mintiendo sobre la legalidad de los deslindes firmes, como el de Marín, aprobado por Orden Ministerial de 2 de octubre de 1995 y sobre la Ley de Costas 22/1988, obviando que fue concebida, precisamente, para poner coto a este tipo de desmanes de los especuladores urbanísticos y a los abusos de poder de los gobernantes de turno, al progresivo deterioro de la costa gravemente amenazada y a las alteraciones irreversibles de su equilibrio.

Fdo.: Francisco Díaz.


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