jueves, 30 de octubre de 2008

AISHA IBRAIM, LAPIDADA POR ADÚLTERA

Detalle de mi "GUERNICA" con más calidad de imagen

ZOLAYKHAN!! Mi "GUERNICA" contra las lapidaciones y los crímenes machistas (1998)
Acrílico sobre papel 0,93 x 0,63

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viernes, 24 de octubre de 2008

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LOS SALONES DEL RÍO LÉREZ
Fotografía: Rafa Vázquez

martes, 14 de octubre de 2008

¿QUÉ ESTÁ PASANDO EN GALICIA?

Aguete-Club Náutico (El principio de la destrucción del litoral en Marín)
DESLINDE DE MARÍN: ORDEN MINISTERIAL 02/10/1995.

07/06/1995 (B.O.P. NÚM. 108) DEMARCACIÓN DE COSTAS EN GALICIA
INFORMACIÓN PÚBLICA: "Deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa comprendido entre el límite con el T.M. de Bueu y la Playa de Aguete, en el T.M. de marín".

02/10/1995 LA DIRECCIÓN GENERAL DE COSTAS DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, "POR DELEGACIÓN DEL EXCMO. SR. MINISTRO Y DE CONFORMIDAD CON EL SERVICIO JURÍDICO, HA RESUELTO:

- "Aprobar el Acta de fecha 8 de febrero de 1989 y los planos de septiembre de 1993, y la modificación de la hoja 9 de los mismos realizada en junio de 1994 en el que se define el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa comprendido entre el término municipal de Bueu y la playa de Aguete, en el término municipal de Marín (Pontevedra).

- Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa puede interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo, previa comunicación de su interposición al órgano que la ha adoptado, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la misma, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Naciuonal".

NO CONSTA LA INTERPOSICIÓN DE NINGÚN RECURSO CONTRA LA CITADA O. M.
Ver Planos de DESLINDE DE 1995, con la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre en la zona de los núcleos rurales costeros de Aguete, Loira, Mogor, Teoria y Casás, grafiada a 100 metros desde la línea de deslinde (línea interior de la ribera del mar).

23/08/2004
Solicitud de INFORME do Valedor do Pobo al Conselleiro de Pesca e Asuntos Marítimos de la Xunta de Galicia, Enrique López Veiga:

"Ante esta institución, mediante escrito de queixa, compareceu D. Rafael André Fernández, presidente da "Asociación pola Defensa da Vivenda de Loira", con domicilio... solicitando a nosa intervención.

No seu escrito, esencialmente, indícanos que a administración autonómica, e concretamente a Consellería de Pesca e Asuntos Marítimos, está a impor irregularmente sancións por presuntas infracións urbanísticas tipificadas na Lei de Costas supostamente cometidas -segundo os seus argumentos- por diferentes veciños do núcleo de Loira, no concello de Marín. Sen embargo, as disposicións legais aplicadas non son as axeitadas ás circunstancias que concorren no lugar, posto que o Concello de Marín certificara que á entrada en vigor da citada Lei Loira tiña a cualificación de zona urbana, segundo as Normas Urbanísticas do Concello, e dispoñía dos servicios que a Lei esixe para ser considerada comno núcleo urbano. Así pois, a servidume de protección que xestiona a Xunta de Galicia deberá entenderse cunha extensión de 20 metros, e non de 100, comno interpreta a Conse3llería ó trámitar indebidamente os expedientes".

22/09/2004 Contestación del Conselleiro de Pesca e Asuntos Marítimos, Enrique López Veiga al Valedor do Pobo:

- ..."Os usos autorizables, así como o réxime sancionador, son os establecidos na Lei 22/88, do 28 de xuño, de costas, e no seu regulamento.

- A lei dispón que a servidume de protección recaerá sobre unha zona de 100 metros medida terra adentro desde o límite interior da ribeira do mar. Non obstante; nos terreos clasificados como solo urbano á entrada en vigor da lei a anchura desa servidume reducirase a 20 metros (Disposición Transitoria 3ª.3). O Regulamento para o desenvolvemento e execución da lei de costas (Real Decreto 1471/1989, do 1 de decembro) na súa Disposición Transitoria 9ª matiza esta disposición establecendo que a estos efectos considérase como solo urbano o que teña establecida expresamente esta clasificación nos instrumentos de ordenación vixentes na data de entrada en vigor da lei, ou ben aquelas áreas urbanas nas que a edificación estivese consolidada na citadad data, e a administración urbanística competente lles recoñecese expresamente ese carácter.

- O límite interior da zona de serevidume de protección sinálase no correspondente deslinde, que se aproba por Orde Ministerial logo de expediente instruido ao efecto no que son oidos a Comunidade Autónoma, o Concello, os propietarios colindantes co dominio público e demais persoas que acrediten a condición de interesadas, para o que se somete a información pública.

- O tramo de costa correspondente ao núcleo de Loira foi deslindado por Orde Ministerial de 2 de outubro de 1995, quedando determinada a extensión da zona de servidume de protección en 100 metros. Non consta qued dita orde fose recorrida tratándose de un acto inmediatamente executivo. Polo tanto, esta delimitación é vinculante na tramitación dos procedementos de autorización ou sancionadores competencia desta Comunidade Autónoma.

- É máis, aínda en casos en que a liña de ribeira do mar sufríu modificacións despois de aprobado o deslinde, a xurisprudencia ven a dicir que esta modificación non altera a extensión da zona de servidume, mentres non se practique un novo deslinde (Sentenza do Tribunal Supremo de 3 de xuño de 2003 . rec. 5597/1997) Sentenza da Audiencia Nacional do 26 de febreiro de 2004. rec. 955/2000).

- Debe sinalarse que con data 17 de xullo de 1998 incoose novo procedemento de deslinde polo Servizo Estatal de Costas, deslinde no que a servidume de protección proposta coincide, no lugar de Loira, co definido no vixente de outubro de 1995.

-Por outra banda... a Plataforma remitiu á Dirección Xeral de recursos Mariños, diversos documentos cos que pretendía acreditar que a zona de Loira contaba con todos os servicios necesarios para ser clasificada como solo urbano á data de entrada en vigor da lei de costas...

- Esta documentación foi trasladada ao órgano autonómico competente en materia de urbanismo, a Dirección Xeral de Urbanismo, que en data 12 de abril de 2004 informou que:

- "A documentación presentada pola "Plataforma pola Defensa da Vivenda de Loira" non acredita que o lugar de Loira contaba con todos os servizos necesarios para ser clasificado como solo urbano á entrada en vigor da lei de costas (29 de xullo de 1988).

- Do informe técnico municipal despréndese que carecía de abastecemento de auga e de evacuación de augas en condicións adecuadas para servir á edificación existente e a construir.

- Por outra banda, a documentación gráfica presentada son simples fotocopias sen validez legal, non reflicte os servizos urbanísticos existentes na actualidade e no momento de entrada en vigor da Lei de Costas, non reflicten a situación catastral e das edificacións naquel momento, nin recolle a delimitación do perímetro urbano..."

- "Por todo o exposto, considérase que a actuación desta administración é correcta ao seguir expedientes sancionadores por actuacións non autorizadas dentro da zona de servidume de protección do dominio público marítimo terrestre establecido polo deslinde vixente no lugar de Loira".

Firmado: Enrique César López Veiga
Conselleiro de Pesca e Asuntos Marítimos.

24/01/2006 LA VOZ DE GALICIA: "El Vicepresidente de la Xunta, Anxo Quintana, reiteró ayer su compromiso de defender el reconocimiento legal de los núcleos del litoral de Marín, después de mantener una reunión con los portavoces de las plataformas de afectados y del BNG marinense. Quintana señaló que la Xunta, a través de la Consellería de Política Territorial, está a realizar los trabajos necesarios para que las viviendas situadas en los núcleos gocen de protección legal..., el vicepresidente indiucó: "En casos coma este ponse de manifesto a necesidade dun estatuto de nación que amplíe as compedtencias para que os Problemas de Galicia se resolvan desde aquí e non desde Madrid".

26/02/2008 (D.O.G. NÚM. 40. 26/02/2008): "Anuncio do 6 de febreiro de 2008, da Dirección Xeral de Urbanismo, polo que se somete a información pública o expediente de revisión de oficio das normas subsidiarias de planeamento municipal de Marín".


24/03/2008 ALEGACIONES de "SALVEMOS PONTEVEDRA" a la Revisión de oficio a las normas subsidiarias de planeamiento municipal de 1978 de Marín:
  • Ver escrito completo de ALEGACIONES a "revisión de oficio NNSSPPMM de 1978. Marín.
  • Doc. adjunto: REQUERIMIENTO del Director General de Costas de 03/10/2005.
31/07/2008 Diario de Pontevedra: La Xunta se compromete a buscar alternativas para los núcleos costeros de Marín: "Todas las administraciones confirman que hay un error en la tramitación de las Normas Subsidiarias del año 1977, salvo el Consello Consultivo, que no ha entrado en el fondo del asunto",. resaltó el alcalde, a lo que agregó que "la solución nos la tiene que dar el Ministerio".

02/08/2008 LA VOZ DE GALICIA: El PP achaca a la actual Xunta el conflicto del litoral de Marín.
La diputada popular Ana Pastor responsabilizó al PSE y al BNG, la persistencia del conflicto de los núcleos costeros de Marín y el dictado negativo del Consello consultivo a la revisión de oficio de las subsidiarias de planeamiento en estas zonas del litoral.


Además, el ex conselleiro de Pesca, Enrique López Veiga, aseguró que la solución más rápida pasa porque Costas retire su impugnación al decreto que él mismo firmó antes de que los populares dejasen la Xunta y que el actual gobierno autonómico lo aplique.

18/09/2008 EL CORREO GALLEGO: (Titular a toda página):
La Xunta quiere 'salvar' núcleos urbanos previos a la Ley de Costas del 88.
  • Queja del director xeral de Urbanismo en Madrid "no hay sensibilidad para entender el modelo territorial de Galicia"
  • Medio ambiente está ejecutando los deslindes previstos hace veinte años. El popular Luis Rivas teme que se estén llevando a cabo expropiaciones encubiertas.
EL REPORTAJE QUE FIRMA F. DUPLÁ, no tiene desperdicio, y a modo de muestra del nivel intelectual de nuestros representantes en el Parlamento gallego, extraemos un párrafo y un apunte:

El párrafo: "para el portavoz de los populares en el Hórreo, Manuel Ruiz Rivas, los deslindes encubren un "latrocinio" que puede afectar a "la propiedad de miles de viviendas en Galicia". Rivas pidió la reforma de la Ley de Costas".

El apunte: (que he de confesar, me ha dejado perplejo): se refiere al presidente Pérez Touriño, que consideró, al respecto de la polémica, que la aplicación de la Ley de Costas responde al cumplimiento de "las reglas del juego" de la democracia y sirve para "preservar los intereses generales de la sociedad".

EN ESE MISMO DIARIO (que viene plastificado y de regalo con El Mundo) un columnista, Carlos Luis Rodriguez, reflexiona sobre lo que considera "extraña anomalía" la competencia estatal sobre el perímetro costero de Galicia... Y se pregunta: "¿Acaso la Administración central piensa que no se nos pude dejar sueltos, y que sólo con la tutela d gente cabal se evitan latrocinios? Si no entienden nuestro territorio, "¿por qué tienen tantas competencias sobre nuestras costas?"

Y continúa: "Esa es la primera reflexión que sugiere la polvareda que están levantando los deslindes que aplican la Ley de Costas. Bajo su guillotina caen justos y pecadores, núcleos tradicionales, otros menos clásicos pero perfectamente legales, y los adefesios que profanan el paisaje. De su aplicación se deduce que muchas casas de la orilla tendrán el mismo destino que Rumasa, mientras que Reganosa o la Piscifactoría de Cabo Vilán podrán seguir tan campantes".

26/09/2008 EL PROGRESO: PSOE, PPdeG y BNG manifestaron su disposición a impulsar conjuntamente una modificación del marco legal urbanístico vigente en Galicia para "legalizar" definitivamente la situación de los núcleos costeros del concello de Marín.

Veiga (el Alcalde) se mostró convencido de que la Dirección General de Costas comparte la actitud positiva expresada por las fuerzas políticas y ratificada por la consellería de Política Territorial, aunque no descartó recurrir a la vía judicial para "defender os intereses dos veciños".

26/09/2008 EL PAÍS: Los partidos buscan legalizar los núcleos de la costa de Marín. Modificar la Ley do Solo es la última propuesta, antes de acudir a la vía judicial...

"La Ley de Costas no se adapta a la realidad física de algunos municipios gallegos", coincidieron el diputado del BNG Bieito Lobeira y el popular manuel Ruiz Rivas después de reunirse con el alcalde de Marín...

"Se trata de dejar lo que está donde está" con la "complicidad" de la Dirección General de Costas y la "garantía" de que el Gobierno central no impugne lo acordado en el Parlamento gallego, explicó Lobeira. El popular Manuel Ruiz recordó que el ex conselleiro de Pesca Enrique López Veiga intentó qued "la realidad urbanística de Galicia" fuese recogida en un decreto que finalmente el Consello Consultivo impugnó.

26/09/2008 EL PAÍS: El PP pide indemnizar a expropiados por la Ley de Costas. Reconocer la legalidad de los núcleos tradicionales y compesar a los propietarios expropiados del litoral gallego son las reformas de la Ley de Costas de 1988 que ayer el PP insistió en modificar...

La propuesta del PP incluye que se consideren urbanos los núcleos que estuvieran clasificados como tal en los instrumentos de ordenación vigentes en 1988 y no en los actuales (...).

MAÑANA MÁS, Y CUATRO O CINCO DATOS AL RESPECTO DE LO ANTERIOR:

Ex director de PSA Citroën y vicepresidente de la Fundación do Coñecemento, en su casa de Canido en Vigo
(Fotografía: El País 21/09/2008)
21/09/2008 JAVIER RIERA NIEVES, es el encargado de liderar uno de los proyectos estrella de la Xunta de Galicia (FUNDACIÓN SOCIEDADE DO COÑECEMENTO), posa rebosante de orgullo en el balcón de su casa "ilegal" reconstruida de forma irregular sobre el arenal de la Playa vigesa de Canido.

Aportaremos información sobre el expediente sancionador y de restitución de la legalidad (actuaciones del Estado, de la Xunta de Galicia y del ex conselleiro de Pesca Enrique López Veiga), así como de la QUERELLA presentada por SP:

jueves, 9 de octubre de 2008

EJECUCIÓN DE SENTENCIA: AYUNTAMIENTO DE SANXENXO

FOTOGRAFÍA CAPOTILLO (La Voz de Galicia)
09/10/2008 La Asociación Ecologista "SALVEMOS PONTEVEDRA" ha solicitado a la AXENCIA DE PROTECCIÓN DA LEGALIDADE URBANÍSTICA que, en debida ejecución del tenor literal de la SENTENCIA FIRME: 477/2008, de 26 de junio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, incoe el correspondiente expediente de restitución de la legalidad a Francisco Villaverde Otero, por la construcción de una vivienda unifamiliar en Areas, Dorrón, concello de Sanxenxo, ocupando la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, contraviniendo la prohibición establecida en el artículo 25.1 a) de la Ley 22/1988, de Costas.

Los hechos fueron denunciados por la Asociación SP en marzo de 2005, sin que por el Serevicio Provincial de Usos do Litoral, ni por el Servicio de Protección do Litoral de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes se incoase el correspondiente expediente ni se practicase diligencia alguna.

La Asociación SP interpuso recurso contencioso-administrativo contra la concesión de licencia por parte del Concello de Sanxenxo.

10/10/2008 La Asociación ecologista notifica la solicitud de ejecución de SENTENCIA al Concello de Sanxenxo y a la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

ANTECEDENTES EN ESTE BLOG:

sábado, 4 de octubre de 2008

ACUICULTURA (PLAN GALLEGO 2008)

Texto y fotogafía: El País (Galicia) 05.03.2007
"Un presunto delito de prevaricación y otro de ordenación del territorio han llevado al juzgado número 1 de Tui como imputados a miembros de la anterior corporación del Ayuntamiento de Oia, al aparejador municipal y al director de la filial de Pescanova que gestiona las granjas marinas, Insuiña S.L. Según la denuncia que la Guardia Civil elevó a un juzgado de Tui en 2005, el proyecto de construcción de la factoría para la cría de rodaballo se ejecutó pese a los informes contrarios de los técnicos de la Xunta, que calificaron el emplazamiento como suelo rústico de protección de Costas.

Según consta en la denuncia presentada por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, la resolución de la Consellería de Ordenación del Territorio de la Xunta denegando la instalación de una planta acuícola de Insuiña, en el lugar de Mougás, en el municipio pontevedrés de Oia, se firmó en abril de 1999. Los trámites los había iniciado la empresa a través de su director José Enrique de Llano Monelos, a fin de instalar una pisicifactoría para la producción de rodaballo y otras especies.

En dicha resolución se denegaba la autorización autonómica previa para construir la citada factoría en una parcela de 10.000 metros cuadrados porque se trata de un emplazamiento que ocupa terrenos de la franja marítimo-terrestre afectados por la normativa de Costas. Según constataron tiempo después los agentes del Seprona, el único informe que prevaleció para que el equipo de gobierno concediese la licencia de obra a Insuiña, en febrero de 2000, es el que elaboró el entonces aparejador municipal y también imputado, Joaquín Pazo Eloy, por encargo de los máximos responsables del Ayuntamiento de Oia".

NOVEDADES:

Plan sectorial dos parques de tecnoloxía alimentaria
(DOG 20-07-2005). Rectificación de errores (DOG 03-08-2005):

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 4457/2005 ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, SALA DE LO CONTEN. ADM. SECCIÓN 2, CONTRA EL CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA.
CODEMANDADOS: INSUIÑA, S.L. Y ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE RODABALLO DE GALICIA.

02/09/2008 PROVIDENCIA: "Para la votación y fallo del presente recurso se señala el próximo día 25 de Septiembre de 2008..."

17/09/2008 (DIARIO OFICIAL DE GALICIA NÚm. 180) CONSELLERÍA DE PESCA E ASAUNTOS NARÍTIMOS "Resolución do 12 de setembro de 2008, da Dirección Xeral de Recursos Mariños, pola que se lle dá publicidade ao acordo do Consello da Xunta de Galicia do 28 de agosto de 2008, polo que se aproba o Plan Galego de Acuicultura".

30/09/2008 PROVIDENCIA: "Dada cuenta, se alza el señalamiento acordado para la votación y fallo del presente recurso. Procede someter a la consideración de las partes, por el plazo común de DIEZ DÍAS, la posible incidencia que sobre el presente recurso y a los efectos de desaparición de su objeto, pudiera derivarse de la aprobación por el Consello de la Xunta, en sesión del 28 de agosto, del nuevo Plan Gallego de Acuicultura..."

RECURSO:

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