jueves, 13 de marzo de 2008

CARTA A LA MINISTRA DE MEDIO AMBIENTE

Excma. Sra. Dª. Cristina Narbona Ruiz

Ministra de Medio Ambiente

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Plaza de San Juan de la Cruz s/n., 28071 Madrid

Pontevedra 6 de febrero de 2007.


Sra. Ministra:

Me permito dirigirme a Ud. con ocasión del interés que por fin toma la opinión pública por los desmanes acaecidos en las costas españolas y el eco que tiene en los medios de comunicación, y al socaire de las legislaciones de costas y de urbanismo trataré de ponerle en antecedentes de las actuaciones de la Jefa del Servicio de Costas en Pontevedra, de su Ministerio, Cristina Paz-Curbera Llovet, tal como le había dicho en mi misiva anterior de diciembre pasado.

Rincón de la Milla de Oro.


Fotografía del acantilado en Playa del Mirador de Palacios.

Esta Sra. es propietaria de una gran edificación con cancha de tenis y piscina, construidas en 1998 dentro de la servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre en el municipio de Sanxenxo, en A Carabuxeira, zona del Mirador de Palacios. La zona se podría denominar la “milla de oro” del municipio, con chalets de gente adinerada, constructores y promotores inmobiliarios principalmente -Jacinto Rey, de Constructora San Jose, construido después de la Ley de 1988 sin autorización de costas ni licencia municipal; Benigno Esperón, de Benisa, construido con autorización para ubicarlo en otro lugar; Saturnino Mirón, de Nino Mirón y Xiabre, reconstruido íntegramente con edificación anexa y piscina, sin autorización de costas y con licencia municipal de mayo de 2001 para limpieza de fachada, reposición de carpintería y reposición de teja-, que han construido sus mansiones con tremendos muros de contención sobre las rocas bañadas por el mar, en muchos casos, sin respetar no sólo la servidumbre de protección sino, siquiera, la servidumbre de tránsito a la que están obligados por imperativo legal, sin la necesaria autorización de costas y, por supuesto, sin denuncia ni de los vigilantes del Servicio de Costas ni de la Xunta de Galicia.

Fotografía de edificios en dominio público marítimo-terrestre, zona del Puerto de Sanxenxo (Pontevedra).

La vivienda de Cristina Paz-Curbera se encuentra situada de la carretera C-550 que bordea la costa hacia el interior, frente al Mirador de Palacios, como ya he dicho, y a unos 75 metros de distancia del acantilado que existe sobre la playa del mencionado mirador, frente al hito 385 del deslinde en tramitación. Cuando obtuvo licencia, el mes de abril de 1998, el suelo estaba clasificado en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes entonces, las del año 1990, como Suelo No Urbanizable, y por tanto la profundidad de la servidumbre de protección según la Ley de Costas es de cien metros desde el límite interior de la ribera del mar, y en cualquier caso es imprescindible la autorización previa de la Ley 22/1988 para que la licencia municipal desplegara su eficacia (disposición adicional 5ª), autorización que no obtuvo.


La habilidad de la Jefa del Servicio de Costas de Pontevedra y su buena relación con el Alcalde Telmo Martín la llevan a conseguir que en el planeamiento municipal actual aprobado en 2003, el Plan General de Ordenación Municipal, su vivienda se incluya –de forma grotesca- dentro de un suelo urbano y sea excluida de la afección de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre. Esta situación es de dominio público, es decir, conocida en todo el pueblo y también en la oficina de Costas de Pontevedra donde el personal vive avergonzado por las situaciones que allí se crean, y con los planos de deslinde que se emiten.

Las características geomorfológicas de la zona de DP más próxima a su vivienda son las de una playa y rocas que limitan hacia el interior con un fuerte acantilado que en fechas recientes ha sufrido un desmoronamiento, por lo que el deslinde, ineludiblemente a la vista de la legislación y jurisprudencia sobre la legislación de costas, debe ir por la coronación del susodicho acantilado.

La actuación de la Jefa del Servicio de Costas de Pontevedra llega a extremos como los siguientes: el deslinde del DP adaptado a la Ley 22/1988 de la totalidad del municipio de Sanxenxo llegó a su trámite final después de su exposición al público, sin que se conozca el motivo por el que no llegó a aprobarse. No se ha colocado ni un sólo mojón en toda la provincia desde que esta Sra. es responsable del DP. En aquellas zonas del municipio en las que se aprobaron deslindes parciales adaptados a la vigente Ley de Costas, como en la Playa de Areas, esta Sra. se permite la licencia de alterar por su cuenta y sin tramitación de ninguna clase el límite interior de la ribera del mar para excluir de la zona de servidumbre de protección parcelas de gente significada con el fin de que pudiesen construir sus viviendas. De este modo sucedió en el caso de Francisco Villaverde Otero, a la sazón Teniente Alcalde y Concejal responsable del área de Urbanismo del municipio, cuya finca sita en la playa citada de Areas resulta afectada por deslinde aprobado por OM de 14 de Mayo de 1998 -aprobando las Actas de 8 de marzo de 1994 y los planos de 4 de septiembre de 1997- se ve beneficiada por la alteración irregular de la ribera del mar desplazándola hacia el interior en unos planos facilitados por la Jefa de Servicio en los que no consta diligencia de aprobación, con el fin de posibilitar la edificación de la vivienda del Sr. Teniente Alcalde, cuyo único acceso rodado es a través del arenal íntegramente en dominio público marítimo-terrestre. A mayor abundamiento, los terrenos sobre los que se llevó a cabo la construcción estaban clasificados como suelo no urbanizable en el planeamiento municipal del año 1990. Este asunto está pendiente de sentencia del TSJ de Galicia, ante el recurso interpuesto por la Asociación que represento. En otros casos la cobertura se da modificando el deslinde aprobado de una o más zonas, como ha ocurrido en el tramo “A Lanzada hasta Canelas”, recurrido por Salvemos Pontevedra y, pendiente de resolución.

El mismo proceder de la Jefa de Costas se lleva a cabo, tanto cuando era Jefa de Servicio del DP de Pontevedra como más tarde cuando ya fue nombrada Jefa del Servicio Provincial de Pontevedra, se remiten planos irregulares del deslinde de determinadas zonas (dos, tres o incluso cuatro planos diligenciados distintos) o, como en la Playa de Silgar, en la zona donde construye un edificio Construcuatro, S.A. promotora en la que tiene participación importante el hasta fechas recientes Alcalde de Sanxenxo, Telmo Martín, actual candidato por el PP a la alcaldía de Pontevedra, y en cuyo ático fijó su residencia. Este asunto se encuentra, igualmente, en la actualidad pendiente de sentencia del TSJ de Galicia ante recurso interpuesto por la Asociación que represento por archivo del expediente sancionador y de reposición de la Legalidad llevado a cabo por el Conselleiro responsable en aquel momento, el de Pesca, que en vez de pasarlo al Pleno de la Xunta de Galicia, órgano competente en razón de la cuantía propuesta por el instructor del expediente, decidió archivarlo sin más que con la colaboración de la Jefa de Costas en Pontevedra.

Finalmente, quiero expresarle nuestra preocupación por la recuperación posesoria del dominio público, prácticamente inexistente en las costas de Ponteveda, provincia en la que se producen agresiones a dicho dominio público que no tienen la adecuada y rápida respuesta por parte de ese Ministerio, tal como sucede en Playa Ladeira, Baiona, con viviendas tipo bungalow, de madera, construidas en el DP por el propietario del camping allí existente; muros de contención tremendos sobre el dominio público que desfiguran totalmente la orografia y no respetan siquiera la servidumbre de tránsito, como en el puerto de Sanxenxo –con viviendas construidas sobre el DP- y con rellenos realizados sin autorización fuera de la zona portuaria destrozando las rocas de la playa de Silgar en la zona más próxima al puerto con una escollera, así como en la Playa del Mirador de Palacios, antes citada. Lo mismo ocurre con la EDAR del Río Lgares en Vigo y con el Paseo Marítimo de Samil; o de forma flagrante en Pontevedra, donde se construye la EDAR DE PLACERES en terrenos de dominio público marítimo-terrestre deslindados por OM de 14 de octubre de 1996, y lo que es más grave dentro de terrenos de la concesión otorgada a ENCE, S.A. en 1970, cuando todavía era empresa pública. Quiero recalcar este detalle porque la actual GRUPO EMPRESARIAL ENCE, S.A. que ocupa las Marismas de Lourizán carece de concesión. Ambas cuestiones y otras similares, han sido denunciadas ante la Jefa de Costas de Pontevedra, la Dirección General de Costas y, finalmente ante el TSJ de Galicia y estan pendientes de resolución. También resulta sorprendente que no se ejecuten sentencias firmes favorables al interés público, como en el caso de la isla de A Toxa en la que el Tribunal Supremo ordena a Inmobiliaria La Toja, S.A. la reposición a su primitivo estado de un relleno de terrenos de la zona marítimo-terrestre de 2500 metros cuadrados y de un vial de 100 metros de largo y 4 metros de ancho realizados sin autorización ni concesión, devolviendo al dominio público en su primitivo estado el terreno ocupado, retirando los vertidos y demoliendo el vial construido, así como la reducción de la servidumbre de protección operada por la via de hecho entrando desde puente a la izquierda de la isla (noroeste) zona en la que ha surgido un grupo de chalets recientemente construidos, con sus correspondientes viales de acceso igualmente irregulares, cuando no era suelo urbano a la entrada en vigor de la Ley de Costas.

Con esta misma fecha procedemos a denunciar la irregularidad de la vivienda de Cristina Paz Curbera en A Carabuxeira, Sanxenxo, ante Costas de la Xunta de Galicia, con el objeto de ejercer la acción pública y solicitar la restitución de la legalidad.

Sin otro particular, atte. le saluda y queda a la espera de sus noticias

Fdo.: Francisco C. Díaz Sánchez,

Presidente de la Asociación Salvemos Pontevedra.


PD: para que sea más fácil la comprensión de lo expuesto en el escrito, le adjuntamos fotografías con su correspondencia.


Edificación de Cristina Paz Curbera en el Mirador de Palacios, Sanxenxo (Pontevedra).


Recorte del Plano de Ordenación Núm. 9.1.10 E. 1:2000 del PXOM, donde se incluye la parcela de Cristina Paz Curbera y se modifica la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre para excluir la edificación.











___ Parcela y edificación















Fotografías obtenidas del SIGPAC con las edificaciones ilegales de Jacinto Rey, Benigno Esperón y Saturnino Mirón, en la zona de Mirador de Palacios, frente a la casa de la Jefa de Costas Cristina Paz Curbera (Edificaciones situadas a 13,00 metros de la línea interior de la ribera del mar, coincidente con el enorme muro de cierre de las fincas.
No existe servidumbre de tránsito.







Acantilados al pié del Mirador de Palacios con pleamar.




















Muros de cantería y hormigón armado de las fincas de Jacinto Rey y Benigno Esperón



Urbanización ilegal en la Illa da Toxa. O Grove (Pontevedra).

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