jueves, 26 de junio de 2008

HOLCIM PONTEVEDRA

Fotografía de Sergio Porterla
ANTECEDENTES: SEGÚN CERTIFICACIÓN EXPEDIDA EL 07/07/2004 POR DOÑA CRISTINA PAZ-CURBERA Y LLOVET, JEFA DEL SERVICIO DE GESTIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE Y JEFA DEL SERVICIO DE COSTAS DE PONTEVEDRA (P.A.), POR RESOLUCIÓN DE LA SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE DE 22.06.04:
"CERTIFICA: Que, de acuerdo con la documentación obrante en el expediente de este Servicio de Costas, consta lo siguiente:
  • Por Orden Ministerial de 8 de marzo de 1949, fue otorgada concesión administrativa a D. RAMÓN DIOS OTERO, para ocupación de una parcela de terrenos de dominio público marítimo-terrestre de la Ría de Pontevedra, lugar de Lourizán, t.m. de Pontevedra, para la construcción de una cerca y relleno, con destino a fines agrícolas.
  • Por Orden Ministerial de 11 de noviembre de 1958, dicha concesión fue transferida a DÑA. ÁNGELES DE DIOS LÓPEZ.
  • De acuerdo con el informe del personal de vigilancia de este Servicio de mayo de 1991, en los terrenos de la concesión existe una planta de fabricación de hormigón a nombre de la empresa HORPASA (de acuerdo con la solicitud posterior de dicha empresa, el funcionamiento de la misma en el citado lugar viene desarrollándose desde el año 1972).
  • En julio de 1996, la entidad mercantil HORMIGONES LUZ, S.L. (HORPASA), solicita que se le otorgue una concesión en el lugar de referencia y según proyecto, o bien, la modificación de la concesión existente, tanto en su titularidad como en su destino. reconoce dicha empresa la irregularidad de su situación pero, al mismo tiempo, resulta que en la misma trabajan 50 trabajadores.
  • En octubre de 1996 se solicitan informes a la C.O.T.O.P. y al Concello de Pontevedra sobre dicha pretensión. La C.O.T.O.P. informa favorablemente la petición, si bien deja claro que la legalización que se solicita resulta contraria a lo dispuesto en la vigente Ley de Costas. Por su parte , el Concello de Pontevedra no emite informe, a pesar de habérsele reiterado en diciembre del mismo año.
  • No hay trámites posteriores"

MÁS INFORMACIÓN SOBRE HOLCIM. Nos ayudará a comprender mejor el comportamiento, en este caso, de las Administraciones públicas y de los Tribunales de Justicia de Pontevedra y Galicia:


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