lunes, 6 de abril de 2009

viernes, 3 de abril de 2009

EDAR DEL RIO LAGARES II (VIGO) LAS FECHORÍAS DE CRISTINA PAZ CURBERA, JEFA DE COSTAS DE PONTEVEDRA

09/03/2009 ANUNCIO publicado en el Boletín Oficial de Pontevedra (BOP), por el que se hace público el plano de definición provisional de la línea probable de deslinde entre los vértices 382 y 428 del deslinde aprobado por O. M. de 18/12/2003 en la desembocadura del río Lagares, t. m. de Vigo.
RESUMEN DE LAS ALEGACIONES:

"...Entendemos pues que hay una utilización torticera e inaceptable de la Disposición Transitoria 18 del Reglamento de Costas, cuyo contenido y finalidad (SÓLO EN TRAMOS DE COSTA QUE CARECEN DE DESLINDE APROBADO) son radicalmente distintos a aquel para el que se pretenden utuilizar.


En el fondo de todo el expediente subyace un intento de "legalizar" o dar cobertura legal a la ubicación de la actual y de la futura EDAR DEL RÍO LAGARES, mediente la modificación de la línea de deslinde, actuación que además de la inmoralidad que conlleva, es radicalmente ilegal (At. 44.5 de la L.C.), pudiendo incluso derivarse de la misma responsabilidades penales para quién consienta en ello...

No es de recibo que una actuación sobre un paseo marítimo de unos 0,5 km. de longitud y una superficie de 0,1 hectáreas tenga como consecuencia una pérdida de superficie de la ribera del mar de más de 4 hectáreas. Ello sólo puede obedecer a que, so pretexto de la consolidación del paseo (que como ya se ha dicho no se explica), se busca excluir del demanio público natural las instalaciones de la EDAR situada en la desembocadura del Río Lagares, instalación que, como nos ha informado el propio Ministerio de Medio Ambiente, vio en 1989 su solicitud de concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre denegada y no consta que tenga títiulo habilitante."

ANTECEDENTES EN ESTE BLOG:

Ver todo sobre la EDAR del río LAGARES:

sábado, 28 de marzo de 2009

ACUICULTURA EN GALICIA 2009

Antecedentes en este blog:
http://meinteresalavida.blogspot.com/2008/10/acuicultura-2008.html

Lo que sigue es una repetición. Lo siento. Lo necesito para retomar el tema y zanjarlo por el momento:
"Plan sectorial dos parques de tecnoloxía alimentaria (DOG 20-07-2005). Rectificación de errores (DOG 03-08-2005):

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO INTERPUESTO POR LA ASOCIACIÓN ECOLOGISTA SALVEMOS PONTEVEDRA:


PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 4457/2005 ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, SALA DE LO CONTEN. ADM. SECCIÓN 2, CONTRA EL CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA.


CODEMANDADOS:
INSUIÑA, S.L. Y ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE RODABALLO DE GALICIA Y DOCE MÁS.


02/09/2008 PROVIDENCIA: "Para la votación y fallo del presente recurso se señala el próximo día 25 de Septiembre de 2008..."

17/09/2008 (DIARIO OFICIAL DE GALICIA NÚm. 180) CONSELLERÍA DE PESCA E ASAUNTOS NARÍTIMOS "Resolución do 12 de setembro de 2008, da Dirección Xeral de Recursos Mariños, pola que se lle dá publicidade ao acordo do Consello da Xunta de Galicia do 28 de agosto de 2008, polo que se aproba o Plan Galego de Acuicultura 2008".

30/09/2008 PROVIDENCIA: "Dada cuenta, se alza el señalamiento acordado para la votación y fallo del presente recurso. Procede someter a la consideración de las partes, por el plazo común de DIEZ DÍAS, la posible incidencia que sobre el presente recurso y a los efectos de desaparición de su objeto, pudiera derivarse de la aprobación por el Consello de la Xunta, en sesión del 28 de agosto, del nuevo Plan Gallego de Acuicultura..."

15/10/2008 ALEGACIONES de oposición a la consideración de la desaparición del objeto del recurso. En primer lugar, hay que tener en cuenta que el procedimiento se encuentra en fase final por cuanto ya está fijado el día para votación y fallo, tras tres años de tramitación y estudiado el asunto por el Tribunal y el ponente, no parece procedente archivar sin resolver el fondo del asunto que desde el punto de vista de la protección del medio ambiente, tiene una vital importancia para el futuro de nuestra costa.

Además, por contradecir la doctrina del Tribunal Supremo en materia de eficacia, por cuanto la Resolución por la que se aprueba el Plan Gallego de Acuicultura, activa expresamente proyectos incluidos en el anterior, que al mismo tiempo no se encuentran contemplados en el nuevo.

06/11/2008 SENTENCIA...




domingo, 15 de marzo de 2009

VAIPOLORÍO COLECTIVO ECOLOGISTA DE PONTEVEDRA

VAIPOLORÍO, COLECTIVO ECOLOGISTA DE PONTEVEDRA (foto prensa)

Desde el colectivo Ecologista "SALVEMOS PONTEVEDRA" queremos expresar a Xosé Manuel Feijoo y al conjunto del colectivo VAIPOLORÍO, nuestro agradecimiento y admiración por la entrega desinteresada que prestan al servicio del interés general; por ser un colectivo ejemplar; por ser un grupo "raro" de verdaderos ecologistas -de los que denuncian las agresiones medioambientales y, además, actúan con sus propias manos para extraer toneladas de basura del Río de Os Gafos. Porque lo hacen con rigor y sin perder la sonrisa conjunta, unánime, como se puede observar en la imagen sobre el viejo puente de piedra.

Contad con nosotros para liberar el Río a su paso por Campolongo. Estamos pendientes del "nuevo -secuestrado- PXOM de Pontevedra".

¡Gracias!, por proponer a la Asociación SALVEMOS PONTEVEDRA para el premio Ciudad de Pontevedra 2008.
Nos habeis dado un aliento importante.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO NOS HA CONTESTADO

Con fecha 03 de marzo de 2009, el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica Herzog, nos ha contestado al escrito de fecha 27 de febrero de 2009, para informarnos de que ha iniciado el estudio del asunto sometido a su consideración (Presentación de Recurso de Inconstitucionalidad contra la disposición adicional segunda de la Ley 18/2008, de 29 de diciembre, de vivienda de Galicia, por la que se modifica la disposición adicional tercera de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y de protección del medio rural de Galicia).

EXPEDIENTE: 09004530.

Esto no va a resolver el problema de los afectados por la Ley de Costas. Esto pretende resolver el problema de los infractores de Costas y, consolidar la quiebra del Estado de Derecho, proporcionando a los especuladores de guante blanco (políticos corruptos y amiguetes) varios millones de metros cuadrados a la orilla del mar y a la carta.

Un ejemplo de lo que está pasando en Galicia:

NOTA DE PRENSA: "PONTE SAMPAIO QUIERE SER UNA PARROQUIA AFECTADA POR LA LEY DE COSTAS".
PONTEVEDRA. "La Asociación de Héroes de Ponte Sampaio quiere que esta parroquia figure en la relación de poblaciones afectadas por la Ley de Costas. De este modo, tendría la consideración de núcleo urbano, por lo que la línea de afección se reduciría de 100 a 20 metros.

El colectivo vecinal insta a la Administración local a efectuar gestiones ante la Xunta para formar parte de la lista que aprobará el Parlamento gallego el próximo día 17".

En Canarias pretenden ir más allá y están enfadados porque los gallegos les han copiado la idea, y se han adelantado.

Esperamos la contestación del Presidente del Gobierno, José Luis Rodriguez Zapatero, antes de que Nuñez Feijoo tome posesión, se instale en la poltrona, y nos implante la CIUDAD LINEAL LITORAL.



PESCANOVA

http://www.youtube.com/watch?v=ACYF96hU_sc&NR=1

domingo, 1 de marzo de 2009

SALVEMOS PONTEVEDRA RECURRE LA LEY DE VIVIENDA DE GALICIA POR INCONSTITUCIONAL

SALVEMOS PONTEVEDRA recurre la ley de Vivienda de Galicia por inconstitucional.
  • El colectivo ecologista indica que esta norma es "un burdo intento de la Xunta de burlar la competencia del estado en materia de Costas".
NATALIA PUGA
PONTEVEDRA. La asociación ecologista Salvemos Pontevedra considera que la Ley 16/2008 de Vivienda de Galicia "es un burdo y reiterado intento de la Xunta de Galicia de burlar la competencia exclusiva del estado en materia de Costas", de forma que ayer mismo envió sendos escritos al Defensor del Pueblo y el presidente del Gobierno, José Luis Rodriguez Zapatero, solicitando la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la norma.

Una de sus principales críticas se dirige a las intenciones con las que fue formulada la normativa, "con la indisimulada finalidad de reducir el ámbito de la servidumbre de protección en determinados núcleos y eludir así la debida aplicación de la Ley 22/1988, de Costas".

Según explicó el presidente del colectivo, Francisco Díaz, el recurso se dirige expresamente contra la disposición adicional segunda de la Ley 18/2008 de Vivienda de Galicia, por la que se modifica la disposición adicional tercera de la Ley 9/2002 de ordenación urbanística y de protección del medio rural de Galicia.

Entiende que esta disposición supone una "vulneración de la competencia exclusiva estatal en la determinación del deslinde del dominio público marítimo-terrestre" que, conforme a lo establecido en la Ley 22/1988, de Costas, corresponde al Ministerio de Medio Ambiente.

Para fundamentar esta petición de inconstitucionalidad, Francisco Díaz hace referencia a una serie de dictámenes judiciales previos como las sentencias del Tribunal Constitucional 149/1991 y 198/1991 al amparo de la titularidad edstatal del demanio, y la competencia exclusiva recogida en el artículo 149.1.23 de la Carta Magna.
  • Cree que se aprobó "con la indisimulada finalidad de reducir el ámbito de la servidumbre de protección en determinados núcleos"
Salvemos Pontevedra va más allá y señala, además, que la norma vulnera el principio de seguridad jurídica, ya que la regulación de la disposición transitoria tercera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, hace referencia a las condiciones que debían tener los terrenos en la fecha de entrada en vigor de la misma para ser considerados como urbanos. Señala que estos condicionantes se estipularon "a los efectos de que la anchura de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre se redujesae de cien a veinte metros".

Además, en un comunicado difundido ayer, Salvemos Pontevedra añade que "el precepto cuya impugnación se solicita pretende regular ex novo las condiciones que deben tener los terrenos parea entenderse comprendidos en la citada disposición transitoria". En su opinión, esta intención crea "el efecto perverso de perpetuar la situación de transitoriedad, lo que, además de vulnerar la distribución competencial ya señalada, vulnera el principio de seguridad jurídica recogido en el artículo 9.3 de la Constitución".

DIARIODEPONTEVEDRA. Sábado, 28 de febrero de 2009.
  • Ver escrito de fecha 27 de febrero de 2009 al Defensor del Pueblo.
  • Ver escrito de fecha 27 de febrero de 2009 al presidente del Gobierno, José Luis Rodriguez Zapatero.




viernes, 6 de febrero de 2009

FEBRERO DE 2009: RECAPITULEMOS

Próxima entrada:
RECAPITULEMOS. Al fin y al cabo "No siempre se pone un precio a la honradez en un cargo público" (Manuel Rivas, El País 07/02/09). En Galicia, nunca. Esa es nuestra vergüenza, comprobar una vez más que se cumple la ley universal de que todo es una pocilga.

Veremos cómo se fraguó el mayor PELOTAZO URBANÍSTICO DE LA HISTORIA DE GALICIA, encabezado por el Presidente de la Xunta de Galicia, Emilio Pérez Touriño, con el voto del Parlamento en pleno (PSOE, PP y BNG) y, veremos, si con la connivencia del Estado.

Contestaremos a Carmen del Amo, y nos pondremos al día en el Plan Gallego de Acuicultura, Residencial Illa de Arousa, y en cómo funciona la Justicia en este país.



domingo, 11 de enero de 2009

Enero del 2009

Próxima entrada "Enero del 2009"

domingo, 30 de noviembre de 2008

EJECUCIÓN DE SENTENCIA: MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

ANTECEDENTES:
http://meinteresalavida.blogspot.com/2008/09/nueva-sentencia-del-tsj-de-galicia.html

Ver escrito dirigido al Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Segunda):

CARTA DE CARMEN DEL AMO 19/10/2008

Estimado Francisco:

Soy Carmen del Amo, presidenta de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas.

He seguido con sumo interés todas las noticias de su página web. Hoy al leer la del día 14 de octubre, con el título "¿Qué está pasando en Galicia?" creo sobreentender que le sorprende que el PP de G haya propuesto en el Parlamento Gallego la modificación de la Ley de Costas y la legalización de los núcleos costeros tradicionales.

Por cierto, el artículo debería ser: "¿Qué está pasando en España?" La misma petición que a Ud. le sorprende, es ya clamor en todo el territorio español.

Me gustaría hacerle una serie de puntualizaciones:
  1. El Sr. Ruiz Rivas tiene todos mis respetos y agradecimiento por ser el primer político que ha propuesto el debate público de la modificación de la Ley de Costas. Hasta ese momento, tema tabú, ¿por qué?
  2. El hacerse eco de las quejas de los ciudadanos que, con su voto, le han elegido para que les representen, me parece no sólo una actitud coherente y valiente sino de buen político. Esa tendría que ser la obligación de todos y cada uno de ellos, escuchar a la gente y llevar sus demandas al Parlamento.
  3. He de comunicarle que el Parlamento Europeo ha admitido a trámite la queja presentada por nuestra asociación, sobre los abusos y arbitrariedades que se están cometiendo en la aplicación de la Ley de Costas. Noticia, por cierto, que ha pasado sin pena ni gloria en la prensa y conocimiento general, por lo que no entiendo que alguien se pueda escandalizar de que lo lleven al Parlamento gallego y nadie diga nada del Parlamento Europeo.
  4. Es cierto que la ley no ha tenido en cuenta los modelos territoriales, ni de Galicia ni de ningún otro sitio. Una ley que sale de un despacho de Madrid hablando de 20, 100, 200 y 500 mts., sin distinguir entre isla y península; pueblo tradicional o construcción moderna; anterior o posterior a la ley, nace ya siendo injusta. Desde hace años se han venido modificando cuantas leyes han sido precisas, algunas incluso sin que nadie las pida. ¿Por qué esta no, si lo estamos reclamando un porcentaje importante de la población española?
  5. Debería Ud. preguntarse, antes de poner el grito en el cielo, si quienes nos encontramos afectados por la Ley de Costas "somos" ilegales o nos han "convertido" en ilegales. ¿Hemos invadido nosotros el Dominio Público o es el DPMT quien ha invadido nuestra propiedad privada?
  6. Las viviendas de los afectados que formamos parte de la Plataforma, han sido construidas antes de que se aprobara la Ley de Costas, existen propiedades desde el siglo XV hasta los años 70, y todas, todas, adquiridas legalmente; INSCRITAS EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y EDIFICADAS CON CUANTAS LICENCIAS Y PERMISOS se requerían en aquellos momentos. Le recuerdo que la Ley de Costas se puso en marcha en 1988, por lo que se debería evitar hablar de viviendas ilegales tan a la ligera.
  7. Viendo su buen hacer como investigador y denunciante, me gustaría que observara que cuantos deslindes se han hecho en España, no sólo en Galicia, han tenido como objetivo las propiedades de familias modestas anteriores a la ley; no conozco ningún caso de grandes construcciones actuales, que esten deslindadas a posteriori y amenazadas de derribo.
  8. También se podría informar de nuestra denuncia pública en cuanto al sospechoso cizagueo con el que Costas logra salvar ciertas propiedades y meter dentro del deslinde otras, curiosamente siempre, construcciones anteriores a la ley. Prpiedades humildes en la mayoría de los casos.
  9. En casi todos los deslindes a los que he tenido acceso existen construcciones, posteriores a la norma, mucho más cercanas al mar que las deslindadas y, ¡oh, casualidad! se han librado del deslinde, que parte o se detiene justo en ellas, pero no oigo a nadie que denuncie semejante injusticia. Sí, ya sé que denuncian algunos casos, pero no se defiende a quién se le deslinda injustamente. Atacar sí, pero defender... a nadie... ¿Se ha preguntado alguna vez si los deslindes son justos? ¿Si se están haciendo correctamente o si existen errores?
  10. Cuando se trata de núcleos costeros, cualquier persona con sentido común debería protestar para evitar que desaparezcan los pocos pueblos rivereños tradicionales que quedan en la actualidad y que, según la vara de medir que utiliza Costas, son un verdadero estorbo ¿para el litoral o para otros planes? Supongo que antes de verlos caer bajo la piqueta se debería exigir el derribo de cuantas urbanizaciones se han hecho con posterioridad a 1988. Sepa Ud que está sucediendo todo lo contrario, se derriban las casas tradicionales para construir nuevos "mamotretos".
  11. Cuando se aprobó la norma, el legislador se marcó 5 años para deslindar toda la Costa. Esta exigencia ha sido totalmente obviada con las consecuencias que todos conocemos. La dejadez y livianidad con la que se han dejado pasar estos 20 años son responsabilidad de la Administración que no ha sabido cumplir diligentemente con sus obligaciones; responsabilidad de las Demarcaciones de Costas que incumplieron su deber de vigilancia; de los Ayuntamientos, de los notarios y registradores... pero nadie parece querer recordarlo; en cambio sí parece haber muchas prisas para dejar en la ruina a miles de familias víctimas de la incompetencia ministerial que ha permitido construir donde debió deslindar a tiempo y no esperar al transcurso de tantos años para hacerlo, ahora, caprichosamente; y de todos aquellos que miraron hacia otro lado sin cumplir con ninguna de sus obligaciones. Esto sí es lo que debe denunciar, la "dejación del deber" de unos y otros; el silencio de muchos y el aplauso de otros, por desgracia, desinformados totalmente.
  12. Para terminar le diré que, sinceramente nos preocupa muy poco qué partido tuvo o no la culpa de aprobar la ley en términos tan draconianos y difusos; nos importa muy poco si la culpa es de una administración u otra. Nosotros no buscamos culpables, buscamos soluciones y ya es hora de que se debata se razone y se modifique una ley que no ha servido para salvar el litoral y sí para condenar a la pobreza a miles y miles de familias, a quienes se les ha arrebatado el derecho a mantener una propiedad adquirida con toda legitimidad y sudor de su frente. Esto no pasa en ningún país civilizado. Además, si lo piensa, nunca estuvo peor la costa que desde que se promulgó dicha norma. Imagine por un momento que en 2015 sacan una ley (con efecto retroactivo) mediante la cuál todas las propiedades que tengan la desgracia de padecer una inundación debido a las lluvias torrenciales, pasan a dominio público con su consecuente desalojo, porque la Naturaleza ha demostrado que allí no se debió construir nunca. Igualmente se aprovecha para legislar el derribo de cualquier edificio, en zonas sísmicas, con altura superior a dos pisos en previsión de posibles terremotos o vientos superiores a 80 km/h, donde los haya. Y ya puestos, seguimos legislando la prohibición de los coches, las calefacciones, aires acondicionados, industrias y por supuesto, vacas y demás animales culpables del exceso de CO2 en la atmósfera.
Nosotros también tenemos derecho a exigir que nuestros hijos respiren el aire puro; que vean crecer los bosques sin estar quemados por la lluvia ácida o por incendios malintencionados; que puedan bañarse en mares sin vertidos tóxicos, polución, ni algas ajenas; que disfruten de ríos cristalinos sin mejillones cebra, tortugas y cangrejos asesinos de la fauna autóctona, ni plantas exóticas vertidas irresponsablemente de los acuarios caseros; queremos legarles un futuro sin enfermedades traídas de países lejanos. Pero para eso, señor mío, tendríamos que enviarles, con una máquina del tiempo, a la época de las cavernas y, ni aún así, el mundo sería perfecto.

Reciba un cordial saludo.
Carmen del Amo.

sábado, 29 de noviembre de 2008

jueves, 30 de octubre de 2008

AISHA IBRAIM, LAPIDADA POR ADÚLTERA

Detalle de mi "GUERNICA" con más calidad de imagen

ZOLAYKHAN!! Mi "GUERNICA" contra las lapidaciones y los crímenes machistas (1998)
Acrílico sobre papel 0,93 x 0,63

Próxima entrada:
AISHA IBRAIM, DE 14 AÑOS, violada, enterrada hasta el cuello y apedreada hasta la muerte en Somalia, por adúltera...

viernes, 24 de octubre de 2008

Próxima entrada:
LOS SALONES DEL RÍO LÉREZ
Fotografía: Rafa Vázquez

martes, 14 de octubre de 2008

¿QUÉ ESTÁ PASANDO EN GALICIA?

Aguete-Club Náutico (El principio de la destrucción del litoral en Marín)
DESLINDE DE MARÍN: ORDEN MINISTERIAL 02/10/1995.

07/06/1995 (B.O.P. NÚM. 108) DEMARCACIÓN DE COSTAS EN GALICIA
INFORMACIÓN PÚBLICA: "Deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa comprendido entre el límite con el T.M. de Bueu y la Playa de Aguete, en el T.M. de marín".

02/10/1995 LA DIRECCIÓN GENERAL DE COSTAS DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, "POR DELEGACIÓN DEL EXCMO. SR. MINISTRO Y DE CONFORMIDAD CON EL SERVICIO JURÍDICO, HA RESUELTO:

- "Aprobar el Acta de fecha 8 de febrero de 1989 y los planos de septiembre de 1993, y la modificación de la hoja 9 de los mismos realizada en junio de 1994 en el que se define el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa comprendido entre el término municipal de Bueu y la playa de Aguete, en el término municipal de Marín (Pontevedra).

- Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa puede interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo, previa comunicación de su interposición al órgano que la ha adoptado, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la misma, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Naciuonal".

NO CONSTA LA INTERPOSICIÓN DE NINGÚN RECURSO CONTRA LA CITADA O. M.
Ver Planos de DESLINDE DE 1995, con la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre en la zona de los núcleos rurales costeros de Aguete, Loira, Mogor, Teoria y Casás, grafiada a 100 metros desde la línea de deslinde (línea interior de la ribera del mar).

23/08/2004
Solicitud de INFORME do Valedor do Pobo al Conselleiro de Pesca e Asuntos Marítimos de la Xunta de Galicia, Enrique López Veiga:

"Ante esta institución, mediante escrito de queixa, compareceu D. Rafael André Fernández, presidente da "Asociación pola Defensa da Vivenda de Loira", con domicilio... solicitando a nosa intervención.

No seu escrito, esencialmente, indícanos que a administración autonómica, e concretamente a Consellería de Pesca e Asuntos Marítimos, está a impor irregularmente sancións por presuntas infracións urbanísticas tipificadas na Lei de Costas supostamente cometidas -segundo os seus argumentos- por diferentes veciños do núcleo de Loira, no concello de Marín. Sen embargo, as disposicións legais aplicadas non son as axeitadas ás circunstancias que concorren no lugar, posto que o Concello de Marín certificara que á entrada en vigor da citada Lei Loira tiña a cualificación de zona urbana, segundo as Normas Urbanísticas do Concello, e dispoñía dos servicios que a Lei esixe para ser considerada comno núcleo urbano. Así pois, a servidume de protección que xestiona a Xunta de Galicia deberá entenderse cunha extensión de 20 metros, e non de 100, comno interpreta a Conse3llería ó trámitar indebidamente os expedientes".

22/09/2004 Contestación del Conselleiro de Pesca e Asuntos Marítimos, Enrique López Veiga al Valedor do Pobo:

- ..."Os usos autorizables, así como o réxime sancionador, son os establecidos na Lei 22/88, do 28 de xuño, de costas, e no seu regulamento.

- A lei dispón que a servidume de protección recaerá sobre unha zona de 100 metros medida terra adentro desde o límite interior da ribeira do mar. Non obstante; nos terreos clasificados como solo urbano á entrada en vigor da lei a anchura desa servidume reducirase a 20 metros (Disposición Transitoria 3ª.3). O Regulamento para o desenvolvemento e execución da lei de costas (Real Decreto 1471/1989, do 1 de decembro) na súa Disposición Transitoria 9ª matiza esta disposición establecendo que a estos efectos considérase como solo urbano o que teña establecida expresamente esta clasificación nos instrumentos de ordenación vixentes na data de entrada en vigor da lei, ou ben aquelas áreas urbanas nas que a edificación estivese consolidada na citadad data, e a administración urbanística competente lles recoñecese expresamente ese carácter.

- O límite interior da zona de serevidume de protección sinálase no correspondente deslinde, que se aproba por Orde Ministerial logo de expediente instruido ao efecto no que son oidos a Comunidade Autónoma, o Concello, os propietarios colindantes co dominio público e demais persoas que acrediten a condición de interesadas, para o que se somete a información pública.

- O tramo de costa correspondente ao núcleo de Loira foi deslindado por Orde Ministerial de 2 de outubro de 1995, quedando determinada a extensión da zona de servidume de protección en 100 metros. Non consta qued dita orde fose recorrida tratándose de un acto inmediatamente executivo. Polo tanto, esta delimitación é vinculante na tramitación dos procedementos de autorización ou sancionadores competencia desta Comunidade Autónoma.

- É máis, aínda en casos en que a liña de ribeira do mar sufríu modificacións despois de aprobado o deslinde, a xurisprudencia ven a dicir que esta modificación non altera a extensión da zona de servidume, mentres non se practique un novo deslinde (Sentenza do Tribunal Supremo de 3 de xuño de 2003 . rec. 5597/1997) Sentenza da Audiencia Nacional do 26 de febreiro de 2004. rec. 955/2000).

- Debe sinalarse que con data 17 de xullo de 1998 incoose novo procedemento de deslinde polo Servizo Estatal de Costas, deslinde no que a servidume de protección proposta coincide, no lugar de Loira, co definido no vixente de outubro de 1995.

-Por outra banda... a Plataforma remitiu á Dirección Xeral de recursos Mariños, diversos documentos cos que pretendía acreditar que a zona de Loira contaba con todos os servicios necesarios para ser clasificada como solo urbano á data de entrada en vigor da lei de costas...

- Esta documentación foi trasladada ao órgano autonómico competente en materia de urbanismo, a Dirección Xeral de Urbanismo, que en data 12 de abril de 2004 informou que:

- "A documentación presentada pola "Plataforma pola Defensa da Vivenda de Loira" non acredita que o lugar de Loira contaba con todos os servizos necesarios para ser clasificado como solo urbano á entrada en vigor da lei de costas (29 de xullo de 1988).

- Do informe técnico municipal despréndese que carecía de abastecemento de auga e de evacuación de augas en condicións adecuadas para servir á edificación existente e a construir.

- Por outra banda, a documentación gráfica presentada son simples fotocopias sen validez legal, non reflicte os servizos urbanísticos existentes na actualidade e no momento de entrada en vigor da Lei de Costas, non reflicten a situación catastral e das edificacións naquel momento, nin recolle a delimitación do perímetro urbano..."

- "Por todo o exposto, considérase que a actuación desta administración é correcta ao seguir expedientes sancionadores por actuacións non autorizadas dentro da zona de servidume de protección do dominio público marítimo terrestre establecido polo deslinde vixente no lugar de Loira".

Firmado: Enrique César López Veiga
Conselleiro de Pesca e Asuntos Marítimos.

24/01/2006 LA VOZ DE GALICIA: "El Vicepresidente de la Xunta, Anxo Quintana, reiteró ayer su compromiso de defender el reconocimiento legal de los núcleos del litoral de Marín, después de mantener una reunión con los portavoces de las plataformas de afectados y del BNG marinense. Quintana señaló que la Xunta, a través de la Consellería de Política Territorial, está a realizar los trabajos necesarios para que las viviendas situadas en los núcleos gocen de protección legal..., el vicepresidente indiucó: "En casos coma este ponse de manifesto a necesidade dun estatuto de nación que amplíe as compedtencias para que os Problemas de Galicia se resolvan desde aquí e non desde Madrid".

26/02/2008 (D.O.G. NÚM. 40. 26/02/2008): "Anuncio do 6 de febreiro de 2008, da Dirección Xeral de Urbanismo, polo que se somete a información pública o expediente de revisión de oficio das normas subsidiarias de planeamento municipal de Marín".


24/03/2008 ALEGACIONES de "SALVEMOS PONTEVEDRA" a la Revisión de oficio a las normas subsidiarias de planeamiento municipal de 1978 de Marín:
  • Ver escrito completo de ALEGACIONES a "revisión de oficio NNSSPPMM de 1978. Marín.
  • Doc. adjunto: REQUERIMIENTO del Director General de Costas de 03/10/2005.
31/07/2008 Diario de Pontevedra: La Xunta se compromete a buscar alternativas para los núcleos costeros de Marín: "Todas las administraciones confirman que hay un error en la tramitación de las Normas Subsidiarias del año 1977, salvo el Consello Consultivo, que no ha entrado en el fondo del asunto",. resaltó el alcalde, a lo que agregó que "la solución nos la tiene que dar el Ministerio".

02/08/2008 LA VOZ DE GALICIA: El PP achaca a la actual Xunta el conflicto del litoral de Marín.
La diputada popular Ana Pastor responsabilizó al PSE y al BNG, la persistencia del conflicto de los núcleos costeros de Marín y el dictado negativo del Consello consultivo a la revisión de oficio de las subsidiarias de planeamiento en estas zonas del litoral.


Además, el ex conselleiro de Pesca, Enrique López Veiga, aseguró que la solución más rápida pasa porque Costas retire su impugnación al decreto que él mismo firmó antes de que los populares dejasen la Xunta y que el actual gobierno autonómico lo aplique.

18/09/2008 EL CORREO GALLEGO: (Titular a toda página):
La Xunta quiere 'salvar' núcleos urbanos previos a la Ley de Costas del 88.
  • Queja del director xeral de Urbanismo en Madrid "no hay sensibilidad para entender el modelo territorial de Galicia"
  • Medio ambiente está ejecutando los deslindes previstos hace veinte años. El popular Luis Rivas teme que se estén llevando a cabo expropiaciones encubiertas.
EL REPORTAJE QUE FIRMA F. DUPLÁ, no tiene desperdicio, y a modo de muestra del nivel intelectual de nuestros representantes en el Parlamento gallego, extraemos un párrafo y un apunte:

El párrafo: "para el portavoz de los populares en el Hórreo, Manuel Ruiz Rivas, los deslindes encubren un "latrocinio" que puede afectar a "la propiedad de miles de viviendas en Galicia". Rivas pidió la reforma de la Ley de Costas".

El apunte: (que he de confesar, me ha dejado perplejo): se refiere al presidente Pérez Touriño, que consideró, al respecto de la polémica, que la aplicación de la Ley de Costas responde al cumplimiento de "las reglas del juego" de la democracia y sirve para "preservar los intereses generales de la sociedad".

EN ESE MISMO DIARIO (que viene plastificado y de regalo con El Mundo) un columnista, Carlos Luis Rodriguez, reflexiona sobre lo que considera "extraña anomalía" la competencia estatal sobre el perímetro costero de Galicia... Y se pregunta: "¿Acaso la Administración central piensa que no se nos pude dejar sueltos, y que sólo con la tutela d gente cabal se evitan latrocinios? Si no entienden nuestro territorio, "¿por qué tienen tantas competencias sobre nuestras costas?"

Y continúa: "Esa es la primera reflexión que sugiere la polvareda que están levantando los deslindes que aplican la Ley de Costas. Bajo su guillotina caen justos y pecadores, núcleos tradicionales, otros menos clásicos pero perfectamente legales, y los adefesios que profanan el paisaje. De su aplicación se deduce que muchas casas de la orilla tendrán el mismo destino que Rumasa, mientras que Reganosa o la Piscifactoría de Cabo Vilán podrán seguir tan campantes".

26/09/2008 EL PROGRESO: PSOE, PPdeG y BNG manifestaron su disposición a impulsar conjuntamente una modificación del marco legal urbanístico vigente en Galicia para "legalizar" definitivamente la situación de los núcleos costeros del concello de Marín.

Veiga (el Alcalde) se mostró convencido de que la Dirección General de Costas comparte la actitud positiva expresada por las fuerzas políticas y ratificada por la consellería de Política Territorial, aunque no descartó recurrir a la vía judicial para "defender os intereses dos veciños".

26/09/2008 EL PAÍS: Los partidos buscan legalizar los núcleos de la costa de Marín. Modificar la Ley do Solo es la última propuesta, antes de acudir a la vía judicial...

"La Ley de Costas no se adapta a la realidad física de algunos municipios gallegos", coincidieron el diputado del BNG Bieito Lobeira y el popular manuel Ruiz Rivas después de reunirse con el alcalde de Marín...

"Se trata de dejar lo que está donde está" con la "complicidad" de la Dirección General de Costas y la "garantía" de que el Gobierno central no impugne lo acordado en el Parlamento gallego, explicó Lobeira. El popular Manuel Ruiz recordó que el ex conselleiro de Pesca Enrique López Veiga intentó qued "la realidad urbanística de Galicia" fuese recogida en un decreto que finalmente el Consello Consultivo impugnó.

26/09/2008 EL PAÍS: El PP pide indemnizar a expropiados por la Ley de Costas. Reconocer la legalidad de los núcleos tradicionales y compesar a los propietarios expropiados del litoral gallego son las reformas de la Ley de Costas de 1988 que ayer el PP insistió en modificar...

La propuesta del PP incluye que se consideren urbanos los núcleos que estuvieran clasificados como tal en los instrumentos de ordenación vigentes en 1988 y no en los actuales (...).

MAÑANA MÁS, Y CUATRO O CINCO DATOS AL RESPECTO DE LO ANTERIOR:

Ex director de PSA Citroën y vicepresidente de la Fundación do Coñecemento, en su casa de Canido en Vigo
(Fotografía: El País 21/09/2008)
21/09/2008 JAVIER RIERA NIEVES, es el encargado de liderar uno de los proyectos estrella de la Xunta de Galicia (FUNDACIÓN SOCIEDADE DO COÑECEMENTO), posa rebosante de orgullo en el balcón de su casa "ilegal" reconstruida de forma irregular sobre el arenal de la Playa vigesa de Canido.

Aportaremos información sobre el expediente sancionador y de restitución de la legalidad (actuaciones del Estado, de la Xunta de Galicia y del ex conselleiro de Pesca Enrique López Veiga), así como de la QUERELLA presentada por SP:

jueves, 9 de octubre de 2008

EJECUCIÓN DE SENTENCIA: AYUNTAMIENTO DE SANXENXO

FOTOGRAFÍA CAPOTILLO (La Voz de Galicia)
09/10/2008 La Asociación Ecologista "SALVEMOS PONTEVEDRA" ha solicitado a la AXENCIA DE PROTECCIÓN DA LEGALIDADE URBANÍSTICA que, en debida ejecución del tenor literal de la SENTENCIA FIRME: 477/2008, de 26 de junio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, incoe el correspondiente expediente de restitución de la legalidad a Francisco Villaverde Otero, por la construcción de una vivienda unifamiliar en Areas, Dorrón, concello de Sanxenxo, ocupando la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, contraviniendo la prohibición establecida en el artículo 25.1 a) de la Ley 22/1988, de Costas.

Los hechos fueron denunciados por la Asociación SP en marzo de 2005, sin que por el Serevicio Provincial de Usos do Litoral, ni por el Servicio de Protección do Litoral de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes se incoase el correspondiente expediente ni se practicase diligencia alguna.

La Asociación SP interpuso recurso contencioso-administrativo contra la concesión de licencia por parte del Concello de Sanxenxo.

10/10/2008 La Asociación ecologista notifica la solicitud de ejecución de SENTENCIA al Concello de Sanxenxo y a la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

ANTECEDENTES EN ESTE BLOG:

sábado, 4 de octubre de 2008

ACUICULTURA (PLAN GALLEGO 2008)

Texto y fotogafía: El País (Galicia) 05.03.2007
"Un presunto delito de prevaricación y otro de ordenación del territorio han llevado al juzgado número 1 de Tui como imputados a miembros de la anterior corporación del Ayuntamiento de Oia, al aparejador municipal y al director de la filial de Pescanova que gestiona las granjas marinas, Insuiña S.L. Según la denuncia que la Guardia Civil elevó a un juzgado de Tui en 2005, el proyecto de construcción de la factoría para la cría de rodaballo se ejecutó pese a los informes contrarios de los técnicos de la Xunta, que calificaron el emplazamiento como suelo rústico de protección de Costas.

Según consta en la denuncia presentada por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, la resolución de la Consellería de Ordenación del Territorio de la Xunta denegando la instalación de una planta acuícola de Insuiña, en el lugar de Mougás, en el municipio pontevedrés de Oia, se firmó en abril de 1999. Los trámites los había iniciado la empresa a través de su director José Enrique de Llano Monelos, a fin de instalar una pisicifactoría para la producción de rodaballo y otras especies.

En dicha resolución se denegaba la autorización autonómica previa para construir la citada factoría en una parcela de 10.000 metros cuadrados porque se trata de un emplazamiento que ocupa terrenos de la franja marítimo-terrestre afectados por la normativa de Costas. Según constataron tiempo después los agentes del Seprona, el único informe que prevaleció para que el equipo de gobierno concediese la licencia de obra a Insuiña, en febrero de 2000, es el que elaboró el entonces aparejador municipal y también imputado, Joaquín Pazo Eloy, por encargo de los máximos responsables del Ayuntamiento de Oia".

NOVEDADES:

Plan sectorial dos parques de tecnoloxía alimentaria
(DOG 20-07-2005). Rectificación de errores (DOG 03-08-2005):

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 4457/2005 ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, SALA DE LO CONTEN. ADM. SECCIÓN 2, CONTRA EL CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA.
CODEMANDADOS: INSUIÑA, S.L. Y ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE RODABALLO DE GALICIA.

02/09/2008 PROVIDENCIA: "Para la votación y fallo del presente recurso se señala el próximo día 25 de Septiembre de 2008..."

17/09/2008 (DIARIO OFICIAL DE GALICIA NÚm. 180) CONSELLERÍA DE PESCA E ASAUNTOS NARÍTIMOS "Resolución do 12 de setembro de 2008, da Dirección Xeral de Recursos Mariños, pola que se lle dá publicidade ao acordo do Consello da Xunta de Galicia do 28 de agosto de 2008, polo que se aproba o Plan Galego de Acuicultura".

30/09/2008 PROVIDENCIA: "Dada cuenta, se alza el señalamiento acordado para la votación y fallo del presente recurso. Procede someter a la consideración de las partes, por el plazo común de DIEZ DÍAS, la posible incidencia que sobre el presente recurso y a los efectos de desaparición de su objeto, pudiera derivarse de la aprobación por el Consello de la Xunta, en sesión del 28 de agosto, del nuevo Plan Gallego de Acuicultura..."

RECURSO:

ANTECEDENTES EN ESTE BLOG:

martes, 30 de septiembre de 2008

EDAR DEL RÍO LAGARES (VIGO)

(Pendiente autor)
Próxima entrada: "LA EDAR DEL RÍO LAGARES EN LOS TRIBUNALES"

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